Agencia La Oreja Que Piensa.
Ante las reiteradas denuncias de la Comisión Provincial Por la Memoria, la Suprema Corte bonaerense requirió a los jueces provinciales no recluir en celdas de aislamiento a personas con padecimiento mental.
La Suprema Corte bonaerense hizo lugar a la resolución del Órgano de Revisión de la ley de salud mental provincial y envió un requerimiento a todos los organismos judiciales y al Ministerio de Justicia para que se cumpla con esta prohibición. La resolución del Órgano fue solicitada por la Comisión por la Memoria (CPM) y trata de poner límites a una práctica extendida en el sistema de encierro, constatada reiteradamente en el monitoreo permanente a lugares de detención.
La propuesta de prohibir el alojamiento de personas con padecimiento mental en celdas de aislamiento de unidades penitenciarias bonaerenses fue requerida por la Comisión por la Memoria (CPM) en el plenario intersectorial del Órgano de Revisión Local (ORL) de la ley de salud mental. Se trata de una acción que insta a los organismos oficiales a que reconozcan este derecho que ya está consagrado en la ley y en su decreto reglamentario, pero que todavía no se aplica de manera efectiva en la provincia de Buenos Aires.
La Suprema Corte de Justicia de la provincia tomó esta recomendación y envió un requerimiento a todos los organismos judiciales competentes para que garanticen el efectivo cumplimiento del artículo 14 del decreto reglamentario de la ley 26.657. Del mismo modo, solicitó al Ministerio de Justicia que informe sobre la utilización de esta práctica dentro de las unidades penitenciarias bonaerenses.
La CPM ha denunciado en reiteradas oportunidades este tipo de prácticas que se constatan en las inspecciones que regularmente se realizan desde el programa de Salud Mental. Las últimas denuncias presentadas en este sentido dan cuenta de la reclusión, con indicación psiquiátrica, en celdas de aislamiento a personas con padecimientos mentales por periodos de más de 8 meses.
La resolución 03/18 del ORL reconoce este trabajo realizado de manera sistemática por la CPM como fuente principal para promover esta medida de prohibición.
En este sentido retoma la presentación de diversos habeas corpus colectivos presentados por la CPM en favor de las personas alojadas en la UP 45 anexo mujeres y en la UP 34, que tramitan en los juzgados de Garantías 4 -a cargo del juez Juan Pablo Masi- y el Juzgado 5 -a cargo de la Dra. Marcela Inés Garmendia.
Esta resolución del ORL y la decisión de la Suprema Corte de Justicia bonaerense resulta sumamente importante para garantizar derechos de las personas detenidas que actualmente están siendo vulnerados y no encuentran el debido reconocimiento de la justicia. En este sentido, cabe mencionar que la acción presentada por la CPM ante las graves situaciones registradas en la Unidad 34 fue rechazada por la jueza de Garantías de La Plata, Marcela Garmendia, quien consideró que no existieron agravamientos de las condiciones de detención en base a los dichos de los funcionarios penitenciarios. Esta decisión fue apelada y se encuentra a resolución de la Sala II de la Cámara de Apelaciones y Garantías de La Plata.
La CPM está integrada por:
Adolfo Pérez Esquivel (presidente), Víctor Mendibil (presidente), Mauricio Tenembaum (vicepresidente), Roberto Cipriano García (secretario), José María di Paola (pro-secretario), Susana Méndez (tesorera), Ana Barletta (pro-tesorera), Luis Lima, Carlos Sánchez Viamonte, Martha Pelloni, Dora Barrancos, Víctor De Gennaro, Nora Cortiñas, Yamila Zavala Rodríguez y Ernesto Alonso.
Legislador provincial designado a partir de septiembre de 2016: Marcelo Dileo.
Consultores académicos: Leopoldo Schiffrin, Baltasar Garzón, Theo van Boven, Antonio González Quintana, Patricia Funes, Chicha Mariani, Osvaldo Bayer / Miembro emérito: Obispo Miguel Hesayne.
La Comisión por la Memoria de la provincia de Buenos Aires es un organismo público extra-poderes que funciona de manera autónoma y autárquica. Fue creada por resolución legislativa 2117 de la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires en julio de 1999, y ratificada por la ley 12.483 del 13 de julio de 2000 y su modificatoria, la ley 12. 611/2000. Está integrada por referentes de organismos de derechos humanos, religiosos de distintos credos, intelectuales, funcionarios universitarios y judiciales, legisladores y sindicalistas, como expresión plural del compromiso con la memoria del terrorismo de estado y la promoción de los derechos humanos. Mediante la Ley provincial 12.642/00 -aprobada por unanimidad- recibió el edificio en el que había funcionado durante medio siglo la Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires (DIPPBA) para que establezca su sede. Junto con ese emblemático edificio, la Comisión asumió la responsabilidad de custodiar y gestionar el primer archivo de inteligencia policial desclasificado de la Argentina: el Archivo de la DIPPBA.
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